Artículo 1

LFPDPPP — Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

La presente Ley es de orden público y de

Artículo\n1. La presente Ley es de orden público y de\nobservancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto la\nprotección de los datos personales en posesión de los particulares, con la\nfinalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto\nde garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de\nlas personas.\n\n Quedan\nexceptuados de la aplicación de la presente Ley:\n\n I. Las sociedades de información\ncrediticia en los supuestos de la Ley para Regular las Sociedades de\nInformación Crediticia y demás disposiciones aplicables, y\n\n II. Las personas que lleven a cabo la\nrecolección y almacenamiento de datos personales, que sea para uso\nexclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial.

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